Crédito tributario que ayuda a las personas a pagar el cuidado infantil o el cuidado de dependientes adultos mientras trabajan o buscan empleo.
Monto del crédito para gastos que cumplen los requisitos: hasta $3,000 por un dependiente que califica o $6,000 por dos o más dependientes que califican.
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Presente una simple declaración de impuestos sencilla para saber cuánto dinero puede recibir.
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La cantidad que reciba dependerá de sus ingresos, de los de su cónyuge (si presentan la declaración de forma conjunta) y del número de hijos o personas dependientes a su cargo. Así es cómo funciona:
Para recibir el CDCTC, primero tiene que hacer un seguimiento y sumar sus gastos para poder reclamarlos. Los gastos elegibles incluyen el pago a un proveedor de servicios de guardería para que cuide de sus hijos o de un familiar dependiente mientras usted busca trabajo o sale a trabajar. Usted puede reclamar hasta $3,000 en gastos elegibles si tiene un hijo o un familiar dependiente. Si tiene uno o más hijos o uno o más familiares dependientes, puede reclamar hasta $6,000 en gastos elegibles.
El CDCTC le devuelve entre el 35 y el 50% de los gastos que reclame, en función de sus ingresos, su situación tributaria y el número de dependientes.
Calcular su crédito CDCTC puede parecer complicado. Los recursos para la declaración de impuestos pueden hacer que solicitar el crédito tributario por cuidado de hijos y dependientes (CDCTC, por su sigla en inglés) sea más fácil calculando su crédito a partir de la información que ingrese en su formulario de declaración de impuestos. Conozca tres maneras sencillas de presentar su declaración de impuestos.
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Debe ganar entre $15,000 y $75,000 si presenta la declaración como soltero, o entre $15,000 y $150,000 si presenta una declaración conjunta. Es posible que pueda recibir el CDCTC aunque no perciba ingresos por ser estudiante a tiempo completo.
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Su familia podría solicitar el crédito si en 2025 pagó por el cuidado de un hijo dependiente menor de 13 años o de un cónyuge o adulto dependiente que no podía valerse por sí mismo mientras usted trabajaba o buscaba trabajo.
El hijo o dependiente reclamado tiene que haber vivido con usted al menos la mitad del año.
Asimismo, deberá demostrar que necesitaba la guardería o los servicios de cuidado de dependientes para poder trabajar o buscar trabajo. En una familia biparental, ambos cónyuges o parejas deben haber necesitado el cuidado del hijo o del dependiente para trabajar o buscar trabajo, a menos que uno de los cónyuges fuese estudiante a tiempo completo o no pudiese cuidar de sí mismo.
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Cualquier tipo de guardería o cuidado de dependientes puede ser elegible. Esto incluye las guarderías, una vivienda familiar de cuidado diurno o una iglesia, los campamentos diurnos de vacaciones o el cuidado proporcionado por un vecino o un pariente.
Si una familia recibe servicios de guardería gratuitos, por ejemplo de un programa subvencionado por el estado, esos servicios no pueden utilizarse para solicitar el crédito.
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No. Este crédito tributario no es reembolsable. El crédito puede reducir el monto de impuestos que usted adeuda, pero cualquier saldo restante no se pagará como reembolso.
Antes de presentar sus impuestos, asegúrese de tener el número de identificación del empleador (Employer Identification Number, EIN) o el número de identificación fiscal (Tax Identification Number, TIN) de cada proveedor de cuidado.